jueves, 24 de noviembre de 2011

Gobierno Italia, por Carlos Andres Santacruz

El sistema de gobierno italiano es posterior a la caída del fascismo cuando se funda la republica Italiana a través de un referéndum en el año 1946. a  partir de ese momento se forma  un sistema republicano  parlamentarista con democracia representativa, este es un régimen donde existe la figura del presidente como jefe de estado y donde el poder ejecutivo recae en el presidente y el consejo de ministros en cabeza de su presidente llamado informalmente primer ministro. Este primer ministro recibe su poder de los artículos 92-96 de la constitución y es nombrado por el presidente de la republica quien hace las veces de jefe de estado.
El presidente de la republica italiana es quien tiene el poder de representar la unidad nacional, es electo por el parlamento para un periodo de 7 años, sus funciones van desde enviar mensajes a las cámaras, señalar elecciones, autorizar la presentación de las cámaras, nombrar funcionarios del estado, tiene a su mando las fuerzas armadas y es el encargado de nombrar al jefe de ministros como jefe de gobierno.
El jefe de gobierno cumple las funciones normales de su cargo e indica al presidente la lista de ministros, tiene la capacidad de refrendar los actos administrativos con fuerza de ley emitidos por el presidente de la republica, el poder de este ministro es variable en cuanto a la dirección de las políticas de gobierno de gobierno debido a la influencia de los ministros y los partidos políticos que representan.
El consejo de ministros esta conformado por
Italia está dividida en 20 regiones  donde roma es la capital de la republica cada una con un presidente territorial  y  sus respectivas provincias que a su vez tienen su respectivo presidente.

LA MONARQUIA PARLAMENTARIA ESPAÑOLA. PRESENTADA POR: FERNANDO JAVIER BURGOS ARRIETA

LA MONARQUIA PARLAMENTARIA ESPAÑOLA.
PRESENTADA POR: FERNANDO JAVIER BURGOS ARRIETA.
El 1 de octubre de 1936 el general Francisco Franco tomo el poder como jefe del Estado  y comandante supremo de los ejércitos. El Estado Español se embarcó en un periodo de 40 años de dictadura, durante la cual la vida política del país se caracterizó por la ilegalidad de todos los partidos políticos con la excepción del Movimiento Nacional. Franco murió en 1975,  poniendo fin a un periodo de la historia de España y abriendo camino a la restauración de la Monarquía con la subida al trono del actual Rey  de España, Juan Carlos Borbón.
Quien más tarde en 1978 establece en la Constitución Española en su artículo 1 apartado 3, que la forma  política del Estado español es la monarquía parlamentaria. La cual rige en la actualidad.
LA CORONA.
Es la institución constitucional en que se  configura en España la jefatura del estado. La monarquía española cuenta con unas características propias como:
·         La sucesión hereditaria de su titular a través de las sucesivas generaciones de la familia real
·         La inviolabilidad e inmunidad absolutas de su titular
·         La ausencia de iniciativa política y poder efectivo
·         El disfrute de un grado elevado de autoridad
·         La realización por su titular de una serie de actos debidos, en orden;  al regular el funcionamiento del estado.
En un sentido muy general la corona tiene un significado similar al del termino estado es decir; a la forma de unidad jurídica y política. La corona es uno de los órganos más importantes del estado ya que se encuentra establecida en los artículos del 56 al 65 de la constitución política incluso el de la más alta magistratura.
En cumplimiento de sus funciones constitucionales misionales de simbolización y representación del estado, arbitraje y moderación del funcionamiento de las instituciones, le corresponde al titular de la corona de mayor o menor medida entre otras:
·         sancionar y promulgar las leyes
·         convocar y disolver las cortes generales y convocar a elecciones en términos previstos en la constitución
·         convocar a referéndum en los casos previstos en la constitución
·         proponer al congreso de las diputados el candidato a la presidencia del congreso
·         nombrar y cesar a los demás miembros del gobierno, a propuesta de su presidente       
EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS.
El Congreso de los Diputados es la  cámara baja de las Cortes Generales, el órgano constitucional que representa al pueblo español y  su composición esta determinada  por un mínimo de 300 y un máximo de 400 diputados, siendo su número actual de 350 por determinación de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, aprobada en 1985.
La constitución española establece que los diputados serán elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, en los términos que establezca la ley .Además los diputados serán elegidos por circunscripciones electorales provinciales.
En marzo de 2011 se reformó la Ley Orgánica del Régimen Electoral General de tal manera que los partidos sin representación en el Congreso y Senado deben recoger firmas de electores que avalen sus candidaturas para poder presentarse a las elecciones generales (Congreso y Senado), aparte de los requisitos generales.
DEL  SENADO.
El Senado es la Cámara de representación territorial. Y  es elegido por cuatro años. El mandato de los Senadores termina cuatro años después de su elección o el día de la disolución de la Cámara.   
En cada provincia se elegirán cuatro Senadores por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto por los votantes de cada una de ellas, en los términos que señale una ley orgánica; al igual la constitución establece que en las provincias insulares, cada isla o agrupación de ellas, con Cabildo o Consejo Insular, constituirá una circunscripción a efectos de elección de Senadores, correspondiendo tres a cada una de las mayores -Gran Canaria, Mallorca y Tenerife- y uno a cada una de las siguientes islas o agrupaciones: Ibiza-Formentera, Menorca, Fuerteventura, Gomera, Hierro, Lanzarote y La Palma.
Las poblaciones de Ceuta y Melilla elegirán cada una de ellas dos Senadores.
Las Comunidades Autónomas designarán además un Senador y otro más por cada millón de habitantes de su respectivo territorio. La designación corresponderá a la Asamblea legislativa o, en su defecto al órgano colegiado superior de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo que establezcan los Estatutos que asegurarán, en todo caso, la adecuada representación proporcional.
DEL PODER JUDICIAL.
Es el conjunto de juzgados y tribunales, integrados por jueces y magistrados, que tienen la potestad de administrar justicia en nombre del Rey.
El poder judicial se encuentra organizado  de la siguiente forma:
Ø  EL TRIBUNAL SUPREMO: constituido por las siguientes salas

·         sala primera : De lo Civil
·         sala segunda: De lo Penal
·         sala tercera: De lo Contencioso  Administrativo
·         sala cuarta: De lo Social
·         sala quinta: De lo Militar

Ø  AUDIENCIA NACIONAL: constituida por las siguientes salas

·         sala  De lo Penal
·         sala  De lo Contencioso  Administrativo
·         sala  De lo Social

Ø  TRIBUNALES SUPERIORES: constituidos por las salas

·         sala  De lo Civil y Penal 
·         sala  De lo Contencioso  Administrativo
·         sala  De lo Social



jueves, 17 de noviembre de 2011

Monarquía constitucional POR OMAR CAMILO CHACON

Monarquía constitucional 
Es una forma de gobierno donde el monarca ostenta la jefatura del estado. Es un poder de mediano carácter simbólico, puesto que se encuentra regulado por una ley, con frecuencia una Constitución. También, se caracteriza porque el rey o la reina tienen un papel de moderador o árbitro en los conflictos políticos del Gobierno, habitualmente, elegido democráticamente.
Por oposición a la monarquía absoluta, la ciencia política distingue entre monarquía constitucional y monarquía parlamentaria. En las monarquías constitucionales, el rey conserva el poder soberano o bien lo comparte con el pueblo al que concede una serie de derechos mediante una carta otorgada o constitución. En cambio, en las monarquías parlamentarias la soberanía reside, en su práctica totalidad, en la voluntad popular, siendo el monarca una figura esencialmente simbólica. El ejemplo clásico de monarquía constitucional es el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, que no posee una constitución codificada, sino un grupo de leyes que forman su constitución.
La monarquía constitucional de la Gran Bretaña tiene como origen el 1 de mayo de 1707 en que se ratifica la Union Act por la que los parlamentos de los reinos de Inglaterra (había anexionado a Gales en 1535 – 1542) y escocia acuerdan la completa integración de ambos reinos con la creación de un nuevo estado, el de Gran Bretaña, acto preliminar de un largo proceso histórico constitucional que, de cualquier forma, no concluirá hasta 1837.
El sistema político Británico del siglo XVIII se caracterizaba por el poder compartido entre el rey y el parlamento, reparto en el cual este último iba ganando ventaja gradualmente. El rey elegía ministros, que respondían a él, y que determinaban la política y orientaban el parlamento; este tenía facultades para hacer leyes, decretar impuestos, aprobar el presupuesto e influir indirectamente en los ministros del rey. El parlamento Británico del siglo XVIII estaba dominado por una aristocracia terrateniente, dividida por los historiadores habitualmente en dos grupos: los pares, que tenían asiento en la cámara de los Lores y servían como lugartenientes de los señores, controlando el nombramiento de los jueces  de paz; y la clase terrateniente, con asiento en la cámara de los comunes, cuyos miembros hacían el servicio de jueces de paz en los condados. Hay controversia histórica sobre si tiene sentido distinguir entre las aristocracias, pues estos grupos tenían mucho en común. Ambos eran dueños de tierras con similares intereses económicos, y solían darse los matrimonios entre las dos clases.
Si bien la monarquía británica se enfrentaba a una poderosa aristocracia que monopolizaba el parlamento y que ocupaba la mayoría de los puestos gubernamentales de importancia local (como los jueces de paz de los condados) y nacional, no dejaba de ejercer un considerable poder. Dado que la aristocracia se hallaba dividida por pugnas facciosas basadas en rivalidades de familia, los reyes podían aprovechar las divisiones para ganarse partidarios aristócratas mediante el patrocinio, concediéndoles títulos y puestos en el gobierno, así como en la iglesia y en el personal de trabajo de la casa real.
Lo que permitía el funcionamiento del sistema británico de patronazgo político era la estructura de las elecciones parlamentarias. Los diputados de la cámara de los comunes eran escogidos de entre municipios y condados, pero no por voto popular y difícilmente de manera equitativa. De los casi quinientos diputados de la cámara de los comunes, casi cuatrocientos eran escogidos de entre los municipios, Sin embargo, era la historia más que a población lo que determinaba el número de delegados de cada municipio, de suerte que, en un municipio seis personas podían elegir a dos representantes, en tanto que ciudades nuevas como Manchester, no tenían un solo delegado, pese a sus crecientes poblaciones. También había gran variedad entre quienes podían votar, lo que permitía a los aristócratas terratenientes ricos obtener apoye mediante el patrocinio y el soborno; el resultado era una cantidad de ‘’municipios de bolsillo’’ controlados por una sola persona. El duque de Newcastle, por ejemplo, controlaba a los representantes de siete municipios. Se ha estimado que de 405 diputados municipales, 293 eran elegidos por menos de 500 votantes. Este control aristocrático se extendía asimismo a los delegados de condado, dos de cada uno de los cuarenta condados de Inglaterra. Aunque todos los dueños de propiedades con valor de, por lo menos  40 chelines anuales podían votar, los miembros de las principales familias de la nobleza y alta burguesía terratenientes eran elegidos una y otra vez.
Puesto que los ministros eran los responsables de ejercer el patronazgo del rey, la cuestión de quienes llegaran a ser ministros principales adquirió gran significado político. En 1714 se estableció una nueva dinastía Los Hanoverinos cuando la última soberana Estuardo, la reina Ana (1702 – 1714), murió sin dejar heredero. La corona fue ofrecida a los rectores protestantes del estado alemán de Hanover. Tanto Jorge I (1714 – 1727) como Jorge II (1727 – 1760) confiaron en Roberto Walpole como ministro jefe o primer ministro, y en el duque de Newcastle como principal dispensador de patrocinio, poniendo a este último en el centro de la política británica. Toda vez que el primer rey de la casa de Hanover no hablaba inglés, y que ni el primer Jorge ni el segundo estaban familiarizados con el sistema británico, se les permitió a los ministros principales manejar el parlamento y dispensar el patronazgo. Muchos historiadores creen que este ejercicio del poder ministerial fue un paso significativo en el desarrollo del moderno sistema de gabinete en el gobierno británico.
Walpole sirvió como primer ministro de 1721 a 1742 y planteo una política exterior pacifica para evitar nuevos impuestos a las tierras. Con todo, nuevas fuerzas estaban surgiendo en la Gran Bretaña del siglo XVIII. A medida que el comercio y la industria pujantes llevaban a una siempre clase media a promover la expansión del comercio y el imperio mundial. Los exponentes del imperio hallaron portavoz en Guillermo Pitt el viejo, quien fue hecho primer ministro en 1757 y favoreció las ambiciones imperiales apoderándose de Canadá y la India en la guerra de los siete años.
A pesar de sus éxitos, Pitt el viejo fue destituido por el nuevo rey Jorge III (1760 – 1820) en 1761 y sustituido por el favorito de este, Lord Bute. Jorge III estaba determinado a fortalecer la autoridad monárquica y a manejar personalmente el poder de patronazgo. Sin embargo, conforme un creciente número de periódicos difundiera las ideas de la ilustración a un nutrido publico lector, el clamor en pro de la reforma del patronazgo  y el sistema electoral fue en aumento. La leyenda de John Wilkes intensifico ponto la protesta pública.
John Wilkes, ambicioso miembro de clase media de la cámara de los comunes, era un periodista franco que criticaba públicamente a los ministros del rey. Arrestado y liberado prontamente, Wilkes fue expulsado de su lugar en el parlamento. Al perseverar y ganar otro asiento parlamentario por el condado de Middlesex, cercano a Londres, nuevamente se le negó el derecho a ocupar su lugar en el parlamento. La causa de John Wilkes se identificó rápidamente con la libertad, y el lema ‘’Wilkes y libertad’’ fue empleado por sus partidarios, que venían de dos grupos sociales importantes: la gente común de Londres, que no tenía derecho al voto, y un elemento medio de propietarios menores, como maestros, artesanos y pequeños comerciantes de Londres y los condados circundantes. El grito de libertad no tardo en  verterse en peticiones de reforma del parlamento y del fin a los privilegios parlamentarios. En 1780 la Cámara de los comunes afirmaba que ‘’la influencia de la corona ha aumentado, está aumentando y debería disminuir’’. Al mismo tiempo, la crítica interna fue exacerbada por la crítica exterior, especialmente de los colonos americanos, cuyo descontento con el sistema británico había llevado a la rebelión y a la separación. Aun cuando se hicieron reformas menores al sistema de patronazgo en 1782, el rey Jorge III se las arregló para evitar cambios más drásticos nombrando el primer ministro en 1783 a Guillermo Pitt el joven (1759 – 1826), hijo de Guillermo Pitt el viejo. Apoyado por los comerciantes, las clases industriales y el rey, quien se valió del patronazgo para obtener apoyo para Pitt en la cámara de los comunes, este último consiguió permanecer en el poder a lo largo de las épocas de la Francia revolucionaria y Napoleón. Sin embargo, el de Jorge III fue un respaldo incierto, a causa de sus periódicos accesos de locura. Con los éxitos de Pitt, se evitó una reforma severa del corrupto sistema parlamentario durante otra generación y la emancipación de la clase terrateniente como clase domínate en el parlamento ya que después de las reformas en el sistema se impuso la clase profesional más que la industrial en las elecciones con la subida de Palmerston y comienza la transformación de la monarquía constitucional a la monarquía parlamentaria que es la que empieza a regir en Gran Bretaña después de las reformas de distintos dirigentes hasta llegar a la reina Isabel II.

Título: Civilizaciones de Occidente;  Autor: Jackson J. Spielvogel (Pags: 493 – 495) Cengage Learning Editores, 2004

Título: Monarquía e imperio;  Autor: Antonio Miguel Bernal (Pags: 231) Editorial Crítica, 2007

http://es.wikipedia.org/wiki/Monarqu%C3%ADa_constitucional

 

CORONA INGLESA PRESENTADO POR: Jairo Ramírez Gutiérrez

CORONA INGLESA
PRESENTADO POR: Jairo Ramírez Gutiérrez
está bajo la soberanía del Monarca del Reino Unido, El Reino Unido se encarga de la defensa, la representación internacional, y éstos se relacionan a través del Monarca del Reino Unido. El parlamento británico se reserva el derecho a legislar sobre asuntos comunes (como en el caso de las regulaciones de televisión, por ejemplo) y lo hace en nombre del Monarca del Reino Unido. Este derecho se puede ejercer incluso en contra de la voluntad de los territorios, aunque si bien se procura llegar a un acuerdo con las instituciones de los territorios, se puede proceder a través de los órganos jurídicos del Reino Unido. 
Es una  monárquica del tipo constitucional, cuyo titular, el Monarca británico o Soberano, es el jefe de Estado del Reino Unido y de los territorios británicos de ultramar. El monarca británico es también el jefe de Estado de otros quince países, cada uno de los cuales formaron alguna vez parte del Imperio británico.
Juntos con el Reino Unido, son conocidos como los Reinos de la Mancomunidad Británica de Naciones. La monarquía británica actual puede remontar su linaje ancestral al período anglosajón y, por último, más atrás a los reyes de los anglos. Durante el siglo IX, Wessex se hizo con otros reinos en Inglaterra, especialmente como resultado de la extinción de líneas rivales en el país durante la primera Era de los vikingos y, por el siglo X, Inglaterra quedó consolidada bajo un solo reino. Las coronas inglesa y escocesa fueron unidas en la persona de un solo monarca hacia 1603, cuando Jacobo VI de Escocia y I de Inglaterra accedió al trono. Los reinos de Escocia e Inglaterra fueron unidos en el Acta de Unión de 1707 para constituir el Gran Bretaña.
Siguiendo a las incursiones vikingas y al establecimiento del siglo IX, el reino de Wessex emergió como el reino inglés dominante. Alfredo el Grande aseguró Wessex y obtuvo el dominio sobre Mercia del oeste, si bien no se convirtió en Rey de Inglaterra; el título más cercano al que accedió fue el de "Rey de los Anglosajones". Fueron los sucesores de Alfredo en el siglo X los que constituyeron el reino que hoy se conoce como Inglaterra, aunque incluso en el reinado de Edgardo el Pacífico, Inglaterra no se encontraba dividida en sus partes constituyentes. Hacia el siglo XI, el país se volvió más estable, pese a un número de guerras con los daneses que desembocaron en una monarquía danesa por algunos años. Cuando Guillermo, duque de Normandía, conquistó Inglaterra en 1066 se convirtió en el monarca de un reino que probablemente presentaba la mayor autoridad real en Europa. La conquista normanda fue crucial para la historia británica, en términos de cambio político y social. El nuevo rey continuó con la centralización del poder que había comenzado en el periodo anglosajón, mientras que el sistema feudal también prosiguió con su desarrollo.
ISABEL II es la jefa de Estado del Reino Unido y la Corona la respalda; representante de una de las monarquías más antiguas y descendiente directa del rey Egbert, quien uniera Inglaterra durante su reinado en el año 829, que remonta su linaje al periodo anglosajón del siglo IX.

Representada por el rey (en este caso reina), la Corona formada en la cabeza por la monarca o soberana Isabel II y el príncipe Felipe, duque de Edimburgo, funge como jefe de un Estado unitario formado por Gales, Inglaterra, Escocia e Irlanda del Norte.

La Constitución no codificada del Reino Unido establece que el poder político es ejercido en última instancia por el Parlamento, dentro del cual el soberano no es un componente partidario, junto con la Cámara de los Lores y la Cámara de los Comunes, así como por el primer ministro y el Gabinete.
Por lo anterior, debido a que la monarquía británica moderna es constitucional, el papel del soberano en la práctica es limitado a funciones no partidarias. Este rol ha sido reconocido desde el siglo XIX.

La Casa de Windsor, previamente llamada Casa de Sajonia-Coburgo-Gotha, es la casa real del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, desde la muerte de la reina Victoria I de Hannover en 1901.

Los juramentos de lealtad van destinados a la monarca, no al Parlamento o a la nación, además, un himno respalda el poder. Dios salve a la reina (o Dios salve al rey, si el soberano es de sexo masculino), es empleado como himno nacional británico. El rostro del monarca figura, asimismo, en sellos postales, en monedas, y en billetes expedidos por el Banco de Inglaterra. Monedas impresas por otros bancos británicos, como el Banco de Escocia y el Banco de Ulster, no describen a la soberana.
Libertades y restricciones
Símbolo de unidad nacional, la Corona británica es representada por un gobernador general nombrado por la reina con el consejo de ministros del país correspondiente, y con completa independencia del Gobierno.

Recientemente en un pacto secreto, el Gobierno de Londres “arrebató” a la monarquía el control de las finanzas de Palacio, según el diario The Independent.

El “memorando financiero” que establece formalmente la relación entre Palacio y Gobierno impone también drásticas condiciones al empleo que puede hacer la reina de los más 66 millones de dólares que pone a su disposición el Parlamento para pagar al personal a su servicio y los palacios que ocupa.
El Gobierno podría obligar a la reina a reducir sus gastos o incluso a depender exclusivamente de su considerable fortuna personal, heredada de sus predecesores en el trono.

El Parlamento corre con gran parte de los gastos oficiales del soberano, obtenidos de fondos públicos. Una lista enumera la suma que cubre muchos de los gastos, incluyendo aquellos de dotación personal, visitas de Estado y entretenimiento oficial.
La línea de sucesión a la Corona:
1. Príncipe Carlos, príncipe de Gales
Nacido en 1948, primogénito de la reina Isabel II
2. Príncipe William de Gales
Nacido en 1982, primogénito del príncipe Carlos
3. Príncipe Enrique de Gales
Nacido en 1984, segundo hijo del príncipe Carlos
4. Príncipe Andrés, duque de York
Nacido en 1960, segundo hijo varón de la reina Isabel II
5. Princesa Beatriz de York
Nacida en 1988, primogénita del príncipe Andrés
6. Princesa Eugenia de York
Nacida en 1990, segunda hija del príncipe Andrés
7. Príncipe Eduardo, conde de Wessex
Nacido en 1964, tercer hijo varón de la reina Isabel II
8. James, vizconde Severn
Nacido en 2007, primer hijo varón del príncipe Eduardo
9. Lady Louise Windsor
Nacida en 2003, primogénita del príncipe Eduardo
10. Princesa Ana, princesa real
Nacida en 1950, hija de la reina Isabel II
11. Peter Phillips
Nacido en 1977, primogénito de la princesa Ana
12. Savannah Phillips
Nacida en 2010, primogénita de Peter Phillips
13. ZARA PHILLIPS.

BIBLIOGRAFIA