jueves, 17 de noviembre de 2011

PARLAMENTO FRANCES POR: JOSE NEUTA

QUE ES EL PARLAMENTO FRANCES

El parlamento francés  o Parlamento de Francia es el cuerpo que representa el poder legislativo del Gobierno de Francia.

En Francia, el parlamento ejerce gran parte del poder legislativo y puede en parte controlar la actividad gubernamental, según la Constitución del 4 de octubre de 1958. El actual sistema parlamentario en Francia es bicameral y el parlamento está compuesto por el Senado francés , "Cámara alta" , que tiene 331 cargos electos, y por la Asamblea Nacional de Francia , la "Cámara baja" , que tiene 577 diputados. Las dos cámaras tienen sus sedes en diferentes palacios: el Palacio del Luxemburgo para el Senado y el Palacio Bourbon  para la Asamblea Nacional.

Antes de 1962, el Parlamento era el único representante de la soberanía popular. Desde esa fecha, también lo es el Jefe del Estado, designado durante las elecciones presidenciales en sufragio universal.
Todopoderoso durante la IIIª República y la IVª República, ha visto su poder racionalizarse durante la Vª República. Las evoluciones actuales de las instituciones tienden a volver a darle nuevas prerrogativas.


HISTORIA DEL PARLAMENTO FRANCES (ANTIGUO REGIMEN)

El primer parlamento del Antiguo Régimen era una de las tres instituciones medievales entre las que se repartía el poder de la Corte real,  Se encargaba de los asuntos judiciales y está en el origen del Parlamento de París, creado en el siglo XIII. Las otras dos instituciones del poder real en París eran el Consejo del Rey que trataba los asuntos políticos, y la Cámara de Cuentas  que manejaba los asuntos económicos.

Originalmente sólo existía el Parlamento de París, el cual sesionaba dentro del Palacio real medieval en la Île de la Cité, emplazamiento en el que se levantó posteriormente el actual Palacio de Justicia de París. El parlemento tenía dentro de su competencia territorial al reino entero, pero no dio ningún paso para ajustarse conforme los dominios del rey iban en aumento. En 1443, después de la Guerra de los cien años, el rey Carlos VII de Francia otorgó a la provincia de Languedoc su propio parlamento en Toulouse, el primer parlemento fuera de París; su jurisdicción se extendía sobre la mayor parte del sur de Francia. Desde1443 hasta la revolución francesa muchos otros parlamentos fueron creados en las provincias de Francia, hasta el fin del antiguo régimen sesionaban parlamentos en ArrasMetzNancyColmarDijonBesanzónGrenobleAixPerpiñánToulousePauBurdeosRennes y Ruan. Todas eran capitales administrativas de provincias con fuertes tradiciones históricas de independencia, algunas debido a su incorporación tardía al reino de Francia. Los parlamentarios detenían un cargo hereditario y constituían la llamada Nobleza de toga; eran la fuerza centrífuga más fuerte de Francia que era más variada en sus sistemas legales, impositivos y costumbristas, de lo que podía parecer bajo la figura aparentemente unificadora del rey. No obstante aquello, el parlamento de París tenía la más amplia competencia territorial de todos los parlamentos, cubriendo la mayor parte del norte y centro del país y se conocía simplemente como "el Parlemento".
En algunas regiones los parlamentos provinciales también continuaron reuniéndose y legislando con un tinte de auto-gobierno y control sobre los impuestos dentro de su competencia. Los miembros de los parlamentos opinaban que su papel incluía participación activa en el proceso legislativo, lo que les trajo conflictos que fueron en aumento según se iba afianzando la monarquía absolutista. Un ejemplo de esto es el lit de justice, un procedimiento usado por el monarca para forzar el registro de edictos cuando un parlamento se oponía.1 En 1598, Henri IV tuvo que desplazarse personalmente hasta cada parlamento de Francia para obligarles a registrar el Edicto de Nantes mediante unos lits de justice.
En 1673, Luis XIV prohibió a los parlamentos que expresaran todo tipo de disconformidad antes de registrar los edictos reales (el "derecho de reprimenda"), y limitó sus poderes durante todo su reinado. Después de su muerte en 1715, los parlamentos negociaron con el regente Felipe II de Orleans que restableció sus derechos políticos.
A partir de 1750, los parlamentos bloquearon las reformas fiscales intentadas por el poder real, en particular las destinadas a establecer una forma de igualdad ante los impuestos. Luis XV, frustrado de no poder llevar a cabo medidas destinadas a mejorar las finanzas del país, decidió entonces limitar de nuevo las atribuciones políticas de los parlamentos: en 1771 el canciller de Maupeou reformó el parlamento de París dividiéndolo en 6 circunscripciones y suprimiendo la venta y herencia de los oficios de los magistrados: éstos iban a ser de ahora en adelante nombrados por el rey y retribuidos por el Estado. Esta reforma suscitó fuertes críticas por parte de la nobleza, cuyos privilegios siempre habían sido defendidos por los parlamentos, pero fue aplaudida por personas como Voltaire.
En 1774 Luis XVI, aconsejado por el conde de Maurepas, despidió a de Maupeou nada más subir al trono y mandó a su nuevo canciller, Malesherbes, deshacer la reforma de los parlamentos y restablecer a los antiguos magistrados, pensando así ganarse el apoyo de los nobles. Éstos pudieron así ejercer presiones sobre el Rey durante todo su reinado para que despidiera sucesivamente a los ministros que intentaron reformas profundas, como Turgot o Necker.
Los parlamentos provinciales jugaron un papel destacado en la agitación pre-revolucionaria de los años 1780. Erigiéndose en defensores del pueblo contra el "despotismo" real cuando en realidad defendían el poder de la nobleza provinciana, fueron apoyados por parte de la ciudadanía. Pero al impedir toda reforma, abrieron el camino de la Revolución francesa de la que fueron las primeras víctimas: a partir de 1790, la Asamblea Constituyente suprimió los parlamentos y creó tribunales cuyos jueces eran nombrados y pagados por el Estado.

Actualmente el término parlement se refiere a las dos cámaras que se encargan del poder legislativo: la Asamblea Nacional y el Senado.

ASAMBLEA NACIONAL:

La primera Asamblea Nacional francesa fue constituida el 17 de junio de 1789 y sirvió de puente entre la asamblea de los Estados Generales de 1789y la Asamblea Nacional Constituyente creada el 9 de julio del mismo año, que dotó a Francia de su primera Constitución. Aunque desde esa fecha los franceses han elegido periódicamente representantes, el modo de elección y las atribuciones de los mandatarios de la cámara baja han variado considerablemente según las épocas, coincidiendo los periodos de disminución de las facultades de la Asamblea con momentos de retroceso de las libertades públicas.
El nombre de "Asamblea Nacional" adoptado en 1789 no se volvió a utilizar hasta la Segunda República Francesa en 1848, para desaparecer con el advenimiento de Napoleón III y reaparecer después de la Segunda Guerra Mundial, en 1946.

Caracteristicas de la Asamblea Nacional:

Funciones de la Asamblea Nacional
Los poderes de la Asamblea Nacional están definidos por la Constitución, que fue enmendada en varias ocasiones entre 1958 y 2010. La Asamblea vota las leyes, controla la acción del gobierno y valora las políticas públicas.1
El Presidente de la República francesa puede disolver la Asamblea, excepto si ya lo ha hecho en el último año. La disolución conlleva automáticamente la convocatoria de nuevas elecciones generales. La Asamblea tiene más poderes en ese campo que el Senado, y puede destituir el Presidente de la República mediante tres procedimientos: el voto de confianza, la moción de censura y el compromiso de responsabilidad del gobierno sobre un texto de ley concreto.2
[editar]Relaciones con el Senado
La Asamblea Nacional vota y propone las leyes, conjuntamente con el Senado. Si un proyecto o proposición de ley es rechazado por el Senado, el texto vuelve a la Asamblea para ser enmendado. Ese vaivén de los textos de ley entre las dos cámaras hasta conseguir un voto de aprobación en ambas se llama navette parlementaire. Si el desacuerdo persiste, se crea una comisión parlamentaria mixta, compuesta de 7 diputados y 7 senadores, para establecer un nuevo texto con más posibilidades de ser aprobado. Cuando no se llega a ningún acuerdo, es la Asamblea Nacional la que aprueba el texto en los términos decididos por sus diputados. Este procedimiento se llama el "poder de la última palabra", un poder que la Constitución concede a la Asamblea Nacional.
[editar]Los diputados
La Asamblea Nacional consta de 577 diputados, cada uno de los cuales se elige en hasta dos rondas de votación. Son elegidos por una circunscripción electoral pero no la representan, sino que representan a la nación entera. Cada circunscripción tiene una media de 105.600 habitantes, y la variación de tamaño entre circunscripciones no puede exeder 20%.
Desde 2009,3 los escaños se reparten de la siguiente manera:
§  556 para los departamentos franceses
§  10 para las colectividades de ultramar
§  11 para los franceses establecidos fuera de Francia
La duración del mandato de la Asamblea y sus diputados es de cinco años.

SENADO

El Senado (Sénat) constituye la cámara alta del Parlamento francés. Ostenta el poder legislativo junto con la Asamblea Nacional. Es, en virtud del artículo 24 de la Constitución de la Vª República, la cámara de representación de las entidades territoriales y de los franceses en el extranjero. Es conocido también coloquialmente como Alta Asamblea.

Durante la historia de Francia, el Senado ha llevado diversos nombres:

§  La Constitución termidoriana de 1795 (1795-99) crea el Senado con el nombre de Consejo de Ancianos.
§  Se convierte en Senado conservador durante el Consulado y el Imperio (1799-1814).
§  Después se llamó Cámara de los pares en la Restauración (1814-30) y durante la monarquía de julio.
§  Durante el Segundo Imperio pasa a llamarse Senado (1851-1870).
§  La IIIª República establece el Senado Republicano (1875-1940).
§  En 1946 se convierte en el Consejo de la República hasta 1958, comienzo de la Vª República.

Caracteristicas

Según la Constitución francesa el Senado tiene casi las mismas funciones que la Asamblea Nacional. Las iniciativas legislativas provienen del Gobierno (proyectos de ley) o de los miembros del Parlamento (proposiciones de ley). Las dos asambleas deben aprobar el texto antes de ser promulgado.
En el caso de que la Asamblea Nacional y el Senado no consigan llegar a un acuerdo, el gobierno puede decidir -a través de un complejo procedimiento llamado comisión mixta paritaria- otorgar la decisión final a la Asamblea Nacional, cuya mayoría está habitualmente del lado del gobierno. Esto no ocurre con frecuencia: la mayoría de ocasiones las dos sedes se ponen de acuerdo finalmente o el gobierno decide retirar la iniciativa. Sin embargo, este poder da a la Asamblea Nacional una posición preponderante en el proceso legislativo.
El Senado también participa en la acción de control del gobierno mediante la publicación de varios informes a lo largo del año acerca de diversos temas.
[editar]Interinidad en la Presidencia de la República
La Constitución de 1958 confía al Presidente del Senado la función de asumir el cargo de Presidente de la República interinamente (hasta unas nuevas elecciones) en caso de que el Consejo Constitucional constatase la vacante temporal o definitiva por fallecimiento, enfermedad, dimisión u otras razones.
Alain Poher ocupó en dos ocasiones el Elíseo por esta razón: en 1969 tras la dimisión de Charles de Gaulle y en 1974 tras la muerte de Georges Pompidou.

Composición y modo de elección
Hasta 2004 los senadores eran elegidos por 9 años por sufragio indirecto, por los grandes electores (grands électeurs), que eran elegidos por sufragio directo y eran renovados por tercios cada 3 años (series A, B y C).
A partir de la renovación de septiembre de 2004 la duración del mandato se fue reduciendo progresivamente a 6 años. La renovación de ahí en adelante se hizo cada 3 años en dos series (series 1 y 2). Una parte de los senadores elegido en 2004 tuvo un mandato de 6 años y la otra de 9. Los elegidos en 2008 fueron todos elegidos por 6 años. La nueva ley además bajó la edad necesaria para ser elegible de 35 a 30 años, a partir de 2011 de 30 a 24 años1 .

Asimismo, modificaba el reparto de los escaños por departamentos para reflejar las evoluciones de la población francesa. Así, los miembros del Senado pasarón a ser 343 en 2008 y 348 en 2011 con el siguiente reparto:
§  326 de los departamentos metropolitanos y de ultramar (cada departamento tiene al menos un representante).
§  2 de la Polinesia Francesa.
§  2 de Nueva Caledonia.
§  2 de Mayotte.
§  1 de San Martín.
§  1 de San Bartolomé.
§  1 de Wallis y Futuna.
§  12 representantes de los franceses residentes en el extranjero.
Los representantes de los franceses en el extranjero son elegidos por la Asamblea de franceses en el extranjero.
En cada renovación parcial, es decir, cada tres años, el Senado elige o reelige su órgano de gobierno y su Presidente. El Presidente del Senado es actualmente Jean-Pierre Bel, electo el 1 de octubre de 2011.
Los grandes electores son:
§  de una parte (95% del colegio electoral) los representantes de las comunas, alcaldes, adjuntos a la alcaldía, consejeros municipales y delegados de los consejos municipales en las comunas más importantes; su número es fijado en función de la población de la comuna.
§  de otra parte (5% del colegio electoral) los consejeros generales, consejeros regionales y los diputados.

CONCLUSIONES

A partir de la Constitución de 1958, esta retira el monopolio general de la legislación al Congreso y solo lo deja legislar en ciertas ocasiones quitándole gran importancia en sus atribuciones puesto que a los constituyentes de la época es decir los que estructuraron la V República, les interesaba la estabilidad del poder ejecutivo, mas nó la solidificación del poder legislativo. Esto ha producido una intervención directa de los dos poderes hacia el legislativo, restandole poder e importancia. Es así como las tres funciones principales del parlamento están debilitadas y casi extintas.

La primera es la elaboración de la ley. Este es el papel mas afectado con esta crisis ya que hoy en día es el ejecutivo quien hace la ley, porque esta es hoy por hoy el lema del gobierno: “gobernar es hacer la ley”. Esto resulta completamente fuera de si, ya que se están violando los principios que por cientos de años se fueron estructurando, resquebrajando todos los grandes avances que lograron los revolucionarios y los librepensadores de la época como Rousseau y Montesquieu, se retrocede y se dio otra vez a el ejecutivo la facultad de legislar, como lo hacía en tiempos anteriores, es decir, en la monarquía. Esto se debe, según ARDANT a que las normas son muy complejas técnicamente para poder ser elaboradas por el legislador ya que es un técnico quien las redacta y este técnico esta bajo el mando del ejecutivo; las cámaras no cuentan con personas capacitadas para redactar leyes con las exigencias técnicas que exige el gobierno. Esta es la misma razón por la cual las leyes en Francia tienen mayor duración.

La segunda de las funciones principales del Parlamento es la del control al poder Ejecutivo. Esta tampoco se cumple por las razón expuesta anteriormente gracias a la constitución de 1958. Dicha Constitución hace difícil el control legislativo al establecer procesos de racionalización parlamentaria que lo dificultan. Además se establecen normas tan impropias como aquella que no obliga al gobierno a acudir ante el legislativo cuando este es requerido para que rinda cuentas de alguna actuación. Esto es muy grave si se mira que la instauración de los tres poderes de un estado democrático entraña el control que uno ejerce sobre el otro, es decir, la teoría de los pesos y contra pesos para que no se torne un poder en el mas sobresaliente y por ende no se convierta en un Estado autoritario. Es tan difícil oponerse al gobierno que asta hoy solo una moción de censura ha triunfado.

Otra razón para que no exista control es que la mayoría de los parlamentarios son del mismo partido del gobierno; por esa razón no se atreven a intervenir dentro de la dinámica del ejecutivo, ya que gobernar es hacer la ley. Como la oposición es mínima, las mociones de censura y demás mecanismos de control son inaplicables.
La tercera función fundamental es la de la construcción de la nueva Europa. Al parlamento francés no se le ha incluido dentro de los debates que hacen parte de la legislación de la Unión Europea. Es tal el punto de desconocimiento del poder legislativo que los tratados que deben ser revisados y ratificados por el legislador, no han sido puestos en conocimiento de este, sino que por el contrario, el gobierno por medio de un referendo lo hizo ratificar ante el pueblo, desconociendo por completo al parlamento. Esto quiere decir que el órgano encargado de legislar para la Unión Europea no es el parlamento sino el Gobierno por intermedio del Pueblo.

Todo esto hace que el parlamento quede en un tercer plano al tratarlo como una simple figura decorativa o una distracción turística.

O tal vez existe como un requisito para que todo el mundo diga que Francia es un estado democrático con tripartición del poder.


7 comentarios:

  1. La historia de la Asamblea Nacional de Francia en los últimos dos siglos, está estrechamente vinculada con la historia de la democracia y el camino a cuadros que ha seguido antes de encontrar su culminación en las instituciones actuales.

    Los franceses han elegido a sus representantes con regularidad desde 1789, pero la forma en que los han elegido y lo que los poderes que les han dado han variado considerablemente con el tiempo: los períodos en que el parlamento estaba en declive general coincidió con una disminución de las libertades públicas.

    Los nombres dados al Parlamento no son algo sin significado. `Asamblea Nacional" fue el nombre elegido en el fervor de 1789, pero no vuelven a aparecer (aparte de la breve episodio de 1848) hasta 1946. En los años siguientes, las denominaciones de diversos grados de dilución ('Cámara de Representantes, cuerpo legislativo', 'Cámara de Diputados ") refleja la reticencia-incluso hostilidad-de los gobernantes hacia el principio de la soberanía del pueblo.

    Nacimiento: 1789

    El 17 de junio 1789 , un mes después de los Estados Generales se reunieron en Versalles, los miembros del Tercer Estado se declararon la 'Asamblea Nacional', ya que representaban al menos el 96% de la nación. Se llevaron a los poderes soberanos en materia de fiscalidad y decidieron elaborar una constitución restringe los poderes del rey. A partir de entonces, la soberanía era no residen en la persona del monarca, sino en la nación, lo que le exercize través de los representantes que eligió. Esta idea revolucionaria se expresa en el 1791 y 1795 las constituciones.

    Las asambleas revolucionarias (1,791 a 99)

    Bajo la Constitución de 1791 la Asamblea Legislativa fue elegido por un año por sufragio restringido y está facultado para promulgar leyes y aumentar los impuestos, determinar el gasto público, ratificar los tratados y declarar la guerra. Se sentó como un derecho y no podía ser disuelto. El rey en el poder ejecutivo, pero podría bloquear las leyes aprobadas por la Asamblea por no más de dos años.

    Tras la suspensión de Luis XVI el 10 de agosto 1792 una nueva asamblea elegida por sufragio universal. Se llama ` Convención sobre el modelo americano y se debe elaborar una constitución republicana. La primera constitución fue aprobada en 1793 pero nunca entró en operación.

    Bajo la Constitución del año III (1795) el poder legislativo fue compartido por dos cámaras, elegidos por tres años por sufragio restringido (un Consejo de los Quinientos , que tenía el poder de iniciativa legislativa, y un Consejo de Ancianos), con un ejecutivo de cinco, el Directorio.

    Después de cuatro años de inestabilidad política grave el golpe de gracia llegó en el 18 brumario año VIII (9 de noviembre de 1799), cuando Bonaparte tomó el poder y el parlamento se vio eclipsado por muchos años.

    Parlamento bozal (1799-1830)

    Por la Constitución del año VIII (1799) legislatura de Francia bajo el Consulado y el Primer Imperio se dividió en cuatro asambleas (Consejo de Estado, Tribunado, Cuerpo legislativo y el Senado), ninguno de ellos elegidos por sufragio directo. Esto fomentó la omnipotencia del poder ejecutivo, concentrado en las manos de Napoleón.

    La Carta otorgada por Luis XVIII en 1814 restauró la soberanía real, ligeramente atenuado por la existencia de un parlamento bicameral, la Cámara de Diputados elegidos por cinco años por sufragio restringido y una Cámara de los Lores (hereditaria o la vida). Sin embargo, las cámaras se podría convocar y aplazó el rey quería, que no tenían poder de iniciativa o cualquier otro medio de influir en el Gobierno. No tenían más que una apariencia de poder.

    Los inicios de un régimen parlamentario (1.830-48)

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  2. Después de la Revolución de 1830, una nueva noción de soberanía se hizo evidente: la Carta no se concedió, pero fue aprobada por la Cámara y aceptada por el rey, que juraron lealtad a él. Esto significaba que había un pacto entre los representantes de la nación y el monarca: se ejerce la soberanía juntos.

    El derecho de iniciativa legislativa fue restaurado a las dos cámaras. Y el principio de la responsabilidad ministerial ante el Parlamento se estableció por primera vez.

    Desde el interludio republicano con el Segundo Imperio (1848-1870)

    La constitución republicana establecida después de la revolución de 1848 se opuso a la Asamblea Legislativa de 750 miembros a un Presidente de la República, ambos elegidos por sufragio universal, pero tampoco capaces de influir en el otro. Esta separación excesiva de los poderes resultó en el golpe de Estado del 2 de diciembre de 1851: Luis Napoleón Bonaparte disolvió la Asamblea y, por plebiscito, se arrogó el poder de promulgar una nueva constitución.

    La Constitución de 1852 recurrió una vez más-con el fin de debilitar la representación nacional a los métodos probados bajo el Primer Imperio: un ejecutivo todopoderoso (los ministros nombrados por el Emperador y la rendición de cuentas sólo a él) la oposición de una elección del cuerpo legislativo división de poderes disminuido con un Consejo de Estado (formado por los funcionarios públicos) y un Senado (cuyos miembros son nombrados de por vida). Estas instituciones no sobrevivir a la derrota de 1870. Después de la caída del imperio de la Asamblea elegida el 8 de febrero de 1871, primera reunión en Burdeos y luego en Versalles hasta 1879, aprobó las leyes constitucionales de 1875 que iban a gobernar Francia por sesenta y cinco años y el verdadero fundamento de parlamentarios de la nación del sistema.

    La consolidación del régimen parlamentario (1875-1940, 1946-1958)

    Tercera República

    Por el acto constitucional de 1875 los poderes legislativos fueron compartidas por la Cámara de Diputados, elegidos por sufragio universal directo por cuatro años, y el Senado, elegidos por sufragio indirecto por nueve años. Las dos casas de amplios poderes, tanto en la iniciación de la legislación y en la supervisión del Gobierno, que era responsable ante el Parlamento. En la práctica, esta última facultad se ejerció en su mayoría por la Cámara de Diputados. El Presidente de la República puede disolver la Cámara, pero este poder ya no se utilizaba desde 1877. La Tercera República se caracterizó por la inestabilidad ministerial mucho y, paradójicamente, entre las guerras, por frecuentes delegaciones del poder legislativo al Gobierno.

    El 10 de julio 1940 la Cámara de Diputados y el Senado se reunió la Asamblea Nacional en Vichy y le otorgó plenos poderes al mariscal Pétain (a pesar de ochenta miembros votaron en contra) [ Cronología de la apelación de 18 de junio 1940 ]. No había ninguna organización que representa a la voluntad de la nación a partir de entonces hasta agosto de 1944, cuando el gobierno provisional establecido una Asamblea Consultiva. Una Asamblea Constituyente elegida determina entonces las instituciones de la Cuarta República .
    Repúblicas Cuarta y Quinta
    La Constitución de 27 de octubre 1946 , al igual que su predecesor, estableció la soberanía parlamentaria y la preeminencia de la legislatura.

    La Asamblea Nacional, elegidos por representación proporcional, tenían poderes más amplios que el Consejo de la República. Se podría determinar cuánto tiempo podía sentarse y su orden del día, y sólo ella podía derribar al Gobierno. Por otro lado, el Gobierno puede disolver la Asamblea, pero esto estaba sujeto a unas condiciones especialmente estrictas, que se reunió una sola vez, en 1955, bajo el gobierno de Edgar Faure . Con la ayuda de un sistema electoral que se oponían homogénea mayorías políticas, la inestabilidad ministerial volvió a ser la regla hasta que el general De Gaulle volvió al poder en mayo 1958 y de las instituciones se pusieron en el lugar que determine las competencias parlamentarias mucho más estricta

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  3. Parlamentarismo

    El Régimen Parlamentario, tal y como lo señala Pedro Planas Silva en su Texto "Regímenes Políticos Contemporáneos" (Fondo de Cultura Económica, 2edic.1997, Pág.113), "surge al desplazarse el ejercicio de poderes del Rey hacia un Ministerio o Gabinete, que es responsable ante el parlamento y cuyos integrantes , por lo demás, son miembros del propio parlamento. Por esta razón, parlamento y gobierno no se unifican, sino que se proyectan como órganos con funciones claramente diferentes y delimitadas. El Bill of Right (1689), redactado por el parlamento británico tras la abdicación de Jacobo II, puede considerarse su partida bautismal, manque todavía necesitara un siglo más para irse asentando. Fue asumido en la Europa Continental por otras dos monarquías; Bélgica en la Carta de 1831 y Francia en la práctica parlamentaria iniciada desde 1833 (aunque solo admitía expresamente la responsabilidad política de los ministros ante el parlamento en la Ley Constitucional del 25 de febrero de 1875). Esta evolución responde al transito progresivo que sufrió la monarquía constitucional o limitada, en la que todavía gobernaba el Rey, hasta transformarse en una monarquía parlamentaria, en la que el Rey reina y ya no gobierna. La Tercera República Francesa (1875-1940) y la Alemania de Weimar fueron casos de Repúblicas que adoptaron el régimen parlamentario. Precisamente, pese al origen monárquico del parlamentarismo, el régimen continuado de la tercera República Francesa se ha considerado como el prototipo del parlamentarismo clásico o tradicional".
    El Régimen Parlamentario está caracterizado por que: 1.- El Jefe de Estado tiene un papel honorífico, el cual es representar al Estado, por lo tanto el Jefe de Estado puede ser un Monarca o un Presidente de la República; 2.-El Gabinete es quien asume las funciones gubernamentales y e dirección política. Está compuesto generalmente por Ministros a cuya cabeza se sitúa el Jefe de Gobierno, que puede llamarse según la tradición política de las naciones, Primer Ministro, Premier o Canciller; 3.- El Jefe de Gobierno es elegido por el parlamento, y este a su vez nombra a sus ministros que son generalmente parlamentarios; 4.- El Gabinete así compuesto es responsable políticamente ante el parlamento, este puede obligarlo a dimitir por un voto de censura; y 5.- El Gabinete tiene derecho a disolver el parlamento cuando este ha censurado a un número determinado de gabinetes.

    http://origen-parlamento/origen-parlamento2.shtml#xlasfun

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  4. PARLAMENTO FRANCES
    .
    Consta de varias secciones es asi:

    El Parlamento francés se compone de dos cámaras, la Asamblea nacional y el Senado. Los modos de elección de cada cámara, por ser distintos, favorecen una mejor representación de la diversidad de los franceses.
    Mediante la tramitación por ambas cámaras, los textos de ley se bonifican gracias a lo que aporta la experiencia de los senadores.
    El Presidente del Senado es el garante de la estabilidad de las instituciones y suple al Presidente de la República en caso de que éste fallezca o dimita de su cargo.
    Es posible que los mismos franceses conozcan mal el Senado ya que, si no es uno edil o miembro del Consejo superior de los franceses establecidos en el extranjero, no puede elegir a los senadores. Estas páginas se proponen ayudarles a descubrir esta cámara de pleno derecho.
    Le proponemos descubrir aquí esta asamblea parlamentaria: su papel, su organización, y también su residencia, el Palacio de Luxemburgo.
    343 senadores, asistidos por funcionarios y asistentes parlamentarios – dos mil personas en total- trabajan en el Senado.

    Bibliografia : Parlamento Frances y senado.com
    ANIBAL

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  5. La Asamblea Nacional tiene 577 diputados, su mandato es por cinco años y goza del principio de reelegibilidad. En realidad, es difícil que la Asamblea Nacional termine su periodo, situación común en países en que el Parlamento puede ser disuelto. Su sistema electoral es mayoritario pero, a diferencia del caso inglés, en Francia las elecciones son a dos vueltas : si los candidatos no obtienen el 50% más uno de los votos en la primera vuelta, los dos candidatos más votados se presentan a una segunda; El sistema de dos vueltas también se aplica en la elección del presidente. Con este mecanismo se busca que los candidatos triunfadores obtengan más de150% de los votos efectivos. La Asamblea Nacional tiene, entre sus facultades, la de votar las leyes, controlar la autoridad del gobierno y crear gobiernos. Sus responsabilidades de gobierno no son compartidas con el Senado.
    El Senado francés tiene 321 miembros, cuyo mandato es por nueve años, pero se renueva por tercios cada tres; se elige con base en el voto indirecto (a través de grandes electores) y se trata de una Cámara que, a diferencia de la Asamblea Nacional, no puede ser disuelta por el presidente. Los senadores son electos por un Colegio Electoral en el cual intervienen diputados, consejeros regionales de los departamentos y representantes de las municipalidades. El Senado francés tiene una connotación realmente conservadora. En realidad representa más a los llamados notables locales que controlan la política en el medio rural francés. Aunque sea por voto indirecto, su elección es también a dos vueltas con base en listas que presentan los partidos. Las listas que en la primera vuelta obtienen la mayoría absoluta, triunfan; las que no la obtienen pasan a una segunda vuelta. Como sólo pasan dos listas, alguna de las dos necesariamente obtiene la mayoría.
    El Senado, al igual que en Inglaterra, participa en la votación de las leyes, pero tiene una función secundaria -la predominante corresponde a la Asamblea Nacional. Aunque puede controlar la actividad del gobierno, no tiene ninguna injerencia en la creación o destitución de gobiernos, es decir, no tiene atribuciones gubernativas.
    La división de poderes, como conjunto de mecanismos, busca moderar y equilibrar el ejercicio del poder. De acuerdo con Montesquieu, el principio que guía esta necesidad de separar y dividir los poderes es aquél según el cual el poder modera al poder. En el caso del sistema mixto francés estamos igualmente ante un sistema de poderes divididos consistente en un Parlamento bicameral y un Ejecutivo bicéfalo: un Ejecutivo compartido entre el presidente de la República, que es el jefe del Estado, y un primer ministro, jefe del gobierno. El Senado juega un papel secundario, pues no está en un nivel de igualdad con la Asamblea Nacional, ya que no tiene ninguna incidencia en la formación de gobiernos; esa facultad está reservada exclusivamente a la Asamblea Nacional.
    El Parlamento no tiene ninguna influencia, ninguna incidencia, en las funciones sustantivas ni en la permanencia del presidente. Esto tiene una explicación: en el diseño de la Quinta República se trató de liberar al Poder Ejecutivo de los límites que le imponía el Parlamento durante la Cuarta República. En ésta, el gobierno y las funciones ejecutivas estaban completamente subordinadas a la Asamblea. Con esa base, en la Quinta República se modificó radicalmente el esquema con el propósito de evitar que la Asamblea tenga alguna posibilidad de obstruir la función presidencial.
    El parlamentarismo, el presidencialismo y el sistema semipresidencial se distinguen, en principio, por la relación existente entre los poderes Ejecutivo y Legislativo. En el primero existe una separación funcional, pero están unidos orgánicamente; en el segundo la separación es tanto funcional como orgánica, y en el tercero encontramos una mezcla original de separación orgánica y funcional.

    apoyada en http://www.ife.org.mx/documentos/DECEYEC/sistemas_parlamentario.htm#parlamentario

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  6. Fuera del plazo para publicar estaba para el 10/11/11

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  7. El Parlamento francés se compone de dos cámaras, la Asamblea nacional y el Senado. Los modos de elección de cada cámara, por ser distintos, favorecen una mejor representación de la diversidad de los franceses.

    Mediante la tramitación por ambas cámaras, los textos de ley se bonifican gracias a lo que aporta la experiencia de los senadores.

    El Presidente del Senado es el garante de la estabilidad de las instituciones y suple al Presidente de la República en caso de que éste fallezca o dimita de su cargo.

    Es posible que los mismos franceses conozcan mal el Senado ya que, si no es uno edil o miembro del Consejo superior de los franceses establecidos en el extranjero, no puede elegir a los senadores. Estas páginas se proponen ayudarles a descubrir esta cámara de pleno derecho.

    Le proponemos descubrir aquí esta asamblea parlamentaria: su papel, su organización, y también su residencia, el Palacio de Luxemburgo.

    El parlamentario Patrick Bloche, que en 1999 logró que se aprobara la ley de parejas de hecho, fue de nuevo el impulsor de esta iniciativa, que defendió como una forma de “luchar contra las discriminaciones”. Suena tan parecido al esquema de ingeniería social recibido en España 'gracias' al gobierno del señor Zapatero, con auxiliares de mando como Leire Pajín o Bibiana Aido.
    “De lo que se trata es de sumar un nuevo derecho, no de reducir los derechos de las parejas heterosexuales”, aseguró Bloche. Frente a esos planteamientos, la mayoría conservadora y el Gobierno afirmaron que no se puede abrir la “institución” del matrimonio ni “alterar su imagen en el inconsciente colectivo”, según indicó el diputado de la Unión por un Movimiento Popular (UMP) Michel Diefenbacher.
    Términos similares a los que había expresado el ministro de Justicia, Michel Mercier, para mostrar la oposición del Gobierno a la ley.
    Pero el debate dejó entrever que hay un grupo de parlamentarios conservadores favorables al 'matrimonio homosexual' encabezado por Franck Riester, quien ha multiplicado sus apariciones en los medios en defensa de este tipo de uniones.

    Mientras la mayoría conservadora de la Asamblea Nacional francesa ha rechazado la proposición de ley presentada por la oposición socialista para legalizar el 'matrimonio' homosexual en el país.
    La propuesta logró 222 votos, los de todos los diputados de izquierda y algunos de la derecha, insuficientes frente a los 293 sufragios conservadores que cerraron la puerta a los matrimonios entre personas del mismo sexo.
    La votación se produjo cuatro días después de que los diputados debatieran por vez primera sobre el 'matrimonio homosexual', después de que un legislador socialista presentara una proposición de ley para legalizarlo.
    Aunque la ley no prosperó, la repercusión de los debates dejó entrever que el 'matrimonio homosexual' será uno de los temas de la campaña de las elecciones presidenciales del año próximo.

    http://en.wikipedia.org/wiki/Parliament_of_France

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